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Médicos internacionales piden al presidente Cortizo derogar Ley 315 sobre los sistemas electrónicos de administración de nicotina

 Mediante una carta, un grupo de especialistas de Colombia, México, Costa Rica, Perú, Chile, Uruguay y Ecuador propone al  mandatario trabajar en una legislación que evite que se incremente el mercado ilegal y permita a fumadores adultos elegir libremente productos más seguros.

 


Un grupo de médicos de la Red Latinoamericana por la Reducción de Daños por Tabaquismo (Reldat) y representantes de asociaciones de vapeo de 7 países de la región, expresó al presidente de la República, Laurentino Cortizo,  su rechazo a la prohibición implementada por el gobierno de Panamá, a través de la Ley 315 de 2022, que prohíbe el uso, importación y comercialización de sistemas electrónicos de administración de nicotina, cigarrillos electrónicos, vaporizadores, calentadores de tabaco y otros dispositivos similares con o sin nicotina, en la República de Panamá.


En una carta recibida el lunes 24 de abril en el despacho del mandatario panameño, señalaron que la Ley 315 pasa por alto los más de 2 mil estudios en distintas áreas de investigación que avalan este  tipo de dispositivos para la reducción de daños causados por el tabaquismo, y que los mismos son de beneficio para la población fumadora de Panamá. Uno de los estudios citados por los firmantes de la carta es la Colaboración Cochrane, de la cual forman parte más de 30,000 doctores de 190 países.


Los solicitantes hacen mención que tampoco se tomaron en cuenta las gestiones en cuanto a salud pública de los gobiernos de Francia, Reino Unido, Nueva Zelanda e incluso Estados Unidos, quienes destacan por su lucha contra el tabaquismo. Particularmente los casos de Reino Unido y Nueva Zelanda, quienes utilizan este tipo de dispositivos electrónicos como una opción viable para los fumadores, incentivando el acceso, lejos de prohibir.


Explican que todos estos estudios, dejan en el pasado las preocupaciones sanitarias que años atrás existían en cuanto a estos productos. Un ejemplo de hecho, es que ahora es universalmente conocido que el consumo de nicotina sin combustión es considerablemente más seguro y menos perjudicial para la salud, y que según Public Health England, el uso prolongado de estos dispositivos es 95% menos dañino que el de los cigarrillos de combustión. No obstante, aseguran, ninguna de estas experiencias fueron tomadas en cuenta durante el proceso de aprobación de la Ley 315 de 2022.


Indican que además de la evidencia científica y las experiencias de otros países, tampoco se puso en consideración un factor de mucho interés para el país, como lo es el hecho de que este tipo de prohibiciones genera las condiciones para que surja un mercado ilícito de estos productos, promoviendo la aparición de productos de baja calidad y dudosa procedencia que podrían causar serias afectaciones a la salud de los ciudadanos consumidores y fomentar la criminalidad, tal y como lo dejan ver los resultados más recientes de una encuesta de Nielsen donde señala que de cada 100 cigarrillos que se venden en Panamá, 92 son de contrabando.

Advierten que al dejar abierta la puerta al mercado ilícito con estas prohibiciones, el estado pierde la oportunidad de recaudar dinero por medio de los impuestos de estos productos, que podrían ayudar a fortalecer los programas de salud encaminados a la erradicación del consumo de tabaco por combustión.

Sin dejar de mencionar que la prohibición de productos de menor riesgo hará que aumenten las tasas de fumado de tabaco de combustión en Panamá y por consiguiente, crecerá el riesgo de que más panameños enfermen y mueran por esta causa, lo que se traduce en un mayor gasto para el estado en cuanto a atención de salud para este segmento de la población.

En el escrito, enumeran las características que debe tener una política pública justa, que van desde establecer una categoría regulatoria específica para productos alternativos de consumo de nicotina, que deben cumplir con las características particulares y distintivas, así como con el carácter sustitutivo de los cigarrillos no combustibles y no derivados del tabaco, hasta estimular a los fumadores adultos que no dejan de fumar a reemplazar el tabaco por alternativas sin humo y al mismo tiempo, prohibir, inspeccionar y desalentar el consumo de estos productos por parte de niños y adultos no fumadores. Esto en base a la experiencia de países donde estas estrategias de salud pública han sido exitosas como son Canadá, Reino Unido, Islandia, Japón, Francia y Nueva Zelanda, entre otros.

Por todo lo expuesto, los firmantes invitan al presidente Cortizo a derogar la Ley 315 de 2022 y proponer una policía pública razonable de regulación que evite se incremente el mercado ilegal y permita a fumadores adultos elegir libremente productos más seguros.

 

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