Ir al contenido principal

Demandan por inconstitucional Ley 315 que prohíbe cigarrillos electrónicos en Panamá

Demandan por inconstitucional Ley 315 que prohíbe cigarrillos electrónicos en Panamá


 La ARDTP enumeró violaciones a la Constitución por parte de los diputados en el proceso de aprobación del proyecto de ley 178, que derivó en la Ley 315.

 Se señala también que el contenido de la ley contraviene el derecho a la salud, a la libre elección, al libre comercio y la libre competencia.

 

La Asociación de Reducción de Daños por Tabaquismo de Panamá (ARDTP) presentó ante la Corte Suprema de Justicia una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 315 que prohíbe el uso, importación, comercialización de sistemas electrónicos de administración de nicotina, cigarrillos electrónicos, vaporizadores, calentadores de tabaco y otros dispositivos similares con o sin nicotina en la República de Panamá.

Lo demandantes solicitan a los magistrados de la Corte declarar inconstitucional la totalidad de la Ley y para ello sustentan la demanda en varias violaciones a la Constitución Política de la República de Panamá, que se dieron durante el acto legislativo que aprobó en tercer debate el proyecto de Ley 178 de 2019, hoy Ley 315, al igual que en varios artículos de la citada norma.

Por ejemplo, exponen, que el acto de votación del tercer debate del proyecto en mención, vetado por el Ejecutivo, no cumplió con la cantidad de votos mínimos señalados en el artículo 170 de la Constitución, que establece que “… las objeciones a un proyecto de Ley deben ser aprobadas por dos tercios de los Diputados que componen la Asamblea Nacional”. Esto quiere decir, según explican en la demanda, que el proyecto 178 debió ser aprobado por el voto de 48 diputados, no obstante, se dio la aprobación en tercer debate con el voto de 41 diputados.

La ARDTP que forma parte de la Coalición de Reducción de Daño por Tabaquismo, apunta que otra de las acciones de inconstitucionalidad que se dio durante el acto legislativo, tiene que ver con la caducidad de las propuestas de leyes, estipulado en el artículo 122 de la Carta Magna, donde se indica que los proyectos devueltos a la Asamblea con objeciones por el Órgano Ejecutivo caducarán si no son aprobados por el Pleno de la nueva Asamblea antes del vencimiento del período de sesiones siguiente a aquel en que fueron devueltos.

En este caso, el proyecto fue aprobado en primer debate el 12 de febrero de 2020, en segundo debate el 18 de marzo de 2020, y en tercer debate el 19 de marzo de 2020. No obstante, el 8 de mayo de 2020 el Ejecutivo vetó parcialmente el proyecto. Esto sucedió durante el primer periodo de sesiones, segunda legislatura (mayo 2020) y el siguiente, el segundo periodo de sesiones transcurrió del 1 de julio de 2020 al 30 de junio de 2021.

Por consiguiente,  al no haberse aprobado el proyecto durante el segundo periodo de sesiones se configura la caducidad de este, conforme lo dispone la norma constitucional antes citada.

Igualmente, señalan que los diputados tampoco respetaron el contenido del artículo 170 de la Constitución sobre no incluir elementos más allá de las objeciones formuladas por el Ejecutivo, ya que en el informe para la aprobación en primer debate por parte de la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social se añadieron excepciones que no fueron propuestas por el Presidente, y que fueron aprobadas en segundo y tercer debate por los diputados.

Estas adiciones, manifiestan los demandantes, tienen implicaciones materiales y cambian el sentido de lo propuesto por el Jefe del Ejecutivo.

Atentado contra derechos a la salud

La demanda de la Asociación también menciona que la Ley 315 atenta contra los derechos a la salud al ir en contravía al contenido de los artículos 109 y 110 de la Constitución sobre la función del estado de proteger la salud de la población.

Para sustentar este argumento, se señala que los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de la citada ley, limitan el acceso de los fumadores a alternativas con menores riesgos que el cigarrillo tradicional, al prohibir productos, que se ha demostrado, son menos perjudiciales para los fumadores adultos y las personas en su entorno.

En el documento se detallan  otras contravenciones constitucionales como atentado a la libertad de elección de los individuos y contra la libre empresa y libre competencia al establecer fueros y privilegios creando un monopolio injustificado en favor de la industria tabacalera de cigarrillos combustibles (cigarrillos convencionales) y otorgar una permisión comercial parcial únicamente en privilegio de los comerciantes establecidos en las zonas francas y zonas libres o áreas económicas especiales debidamente establecidas en el país.

Además, se constituye una violación a las obligaciones adquiridas por Panamá antes sus contrapartes bajo el Tratado de Marrakech por el cual se establece la Organización Mundial del Comercio, y ante sus contrapartes conforme a los Acuerdos Comerciales que contienen las reglas del GATT 1994.

Por todo lo anterior enumerado, la ARDTP espera que los magistrados de la Corte declaren la inconstitucionalidad de la Ley 315, sancionada por el Ejecutivo y promulgada en Gaceta Oficial el 30 de junio de 2022.

José Recuero, vocero de la ARDTP y quien presentó la demanda en el Palacio de Justicia, aseguró que la Ley 315 constituye una violación a los derechos de los ciudadanos al no permitirles elegir productos de riesgo reducido para su salud y su entorno familiar.

Recuero también cuestionó el papel que jugaron los diputados, violando disposiciones constitucionales en el proceso de aprobar la Ley en la Asamblea, demostrando que legislan a espaldas del pueblo sin tomar en cuenta sus necesidades.

Recuero destacó que durante el actual periodo legislativo se han presentado al menos 9 demandas en contra de leyes aprobadas por la Asamblea Nacional, mientras que la Corte Suprema ha decretado la inconstitucionalidad de 4 leyes y la inexequibilidad de 6.

“Esto demuestra que los diputados están legislando de espalda a los intereses de los ciudadanos y por encima de la Constitución. Están a tiempo de enrumbar su actuar”, manifestó Recuero a su salida del Palacio Gil Ponce.

 

 

Comentarios

Entradas populares de este blog

El Club de Leones de Panama promueve un conversatorio para reforzar a la Familia Panameña

+ SEGUN EL CENSO NACIONAL, EL 38% DE HOGARES PANAMENOS NO TIENEN A AMBOS PADRES EN CASA: CIFRA IMPORTANTE QUE CONTRIBUYE A LOS RETOS DE PROMOVER LOS VALORES POSITIVOS EN LA FAMILIA  • Las estadísticas recientes del Censo muestran el desafío de la descomposición familiar, el debilitamiento y la falta de uno de los padres y resalta la importancia de fortalecer los valores y vínculos familiares en regiones específicas como San Miguelito, Curundú y Colón, donde la cifra de un padre o madre sin su complemento supera el 50%.  • El club cívico hace un llamado a la acción para que las autoridades y la sociedad en general implementen medidas que aborden temas críticos que requieren atención y políticas dirigidas para el apoyo familiar y comunitario.  Es urgente promover la recomposición de la familia promoviendo y fortaleciendo la paternidad responsable, fortaleciendo también los vínculos familiares y apoyando y empoderando a las mujeres que son madres y padres.   El C...

Vuelve Territorio Café en su tercera edición, celebrando y promoviendo la cultura cafetera en Panamá

Territorio Café, el evento anual dinámico e inmersivo dedicado a celebrar y explorar la rica cultura y los complejos procesos de la producción de café, reuniendo a entusiastas y amantes del emblemático grano con los profesionales de la industria, tostadores, baristas y productores de café en Panamá, regresa el próximo sábado 10 de agosto de 11:00 a.m. a 8:00 p.m. en el Megapolis Hotel Panamá (Avenida Balboa).   “Territorio Café Panamá es un grupo de apasionados por el café que se han unido para promover una comunidad que valore a todos los miembros de la cadena. Nos conectamos con agricultores, tostadores y consumidores para fomentar un cambio positivo en la industria del café. Al destacar la diversidad y excelencia del producto local, nos aseguramos de resaltar la importancia del comercio justo, la conservación medioambiental y la calidad en la industria.” , destaca Nicole Rubatino, Directora de Territorio Café. Durante el evento los asistentes podrán disfrutar de múltiples ac...

¡Por primera vez en el país! 480 niños y niñas participarán en la primera edición del Campeonato Nacional Infantil Scotiabank Fútbol Club en Panamá

 Hasta 48 equipos de escuelas públicas y privadas y agrupaciones comunales se enfrentarán en las canchas, de forma presencial, para vivir una experiencia inolvidable. -El ganador del torneo vivirá una experiencia con el Fútbol Club Barcelona. Este 2022 llega a Panamá, por primera vez, el Campeonato Nacional Infantil Scotiabank Fútbol Club en formato presencial. La primera edición de este importante torneo reunirá hasta 48 equipos de fútbol representantes de escuelas públicas y privadas y agrupaciones comunales. Cada equipo participante podrá estar conformado por 10 jugadores y jugadoras -niñas y niños menores de 11 años. “El Campeonato Nacional Infantil Scotiabank Fútbol Club es un programa que promueve este deporte como una herramienta de desarrollo para las nuevas generaciones. A través del torneo nos enfocamos en promover seis valores esenciales entre los menores: el respeto, la integridad, el trabajo en equipo, la determinación, la pasión y la inclusión. Estamos realmente emoci...